Límite de Facturación de los Transportistas

Hacienda da marcha atrás en sus pretensiones de endurecer las condiciones para la tributación en módulos en 2018 y prorroga un año más, el límite de facturación anual de 125.000 euros para los transportistas.

De esta forma, el pasado día 30-12-2017 el BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO número 317, ha publicado el REAL DECRETO-LEY, de 29 de diciembre, por el que se prorrogan y aprueban diversas medidas tributarias y otras medidas urgentes en materia social, y entre ellas se han modificado los límites para la aplicación del método de estimación objetiva (MÓDULOS) en el año 2.018, (Real Decreto-ley 20/2017), y “se amplía hasta la cantidad de 125.000 euros el volumen de facturación del ejercicio 2.017 para poder seguir tributando por MÓDULOS en el ejercicio 2.018”

Cabe recordar que la Orden HFP 1159/2017  del Ministerio de Hacienda mantiene del mismo modo los importes respecto de los que se han aplicado este año 2017 tanto en lo que se refiere a personal empleado, a la capacidad de carga de los vehículos y al límite máximo de vehículos de transporte para poder continuar acogido a dicho régimen (4 vehículos para transporte de mercancías y 5 en transporte de viajeros en autobús). Así dicha Orden establece los siguientes importes mantenidos desde 2016 para el sector del transporte:

 

I.R.P.F.

  • En transporte de mercancías: 10.090,99 € personal no asalariado, 2.728,59€ personal asalariado y 126,21 € carga de vehículo.
  • En transporte de viajes en autobús: 16.016,97 € personal no asalariado, 2.981,02 € personal asalariado y 121,40 € asiendo del vehículo.

 

I.V.A.

  • Transporte de mercancías: 4.149,99 € de personal empleado y 388,55 € de carga del vehículo.
  • Transporte de mercancías de residuos: 1.948,64 € de personal empleado y 181,58 € de carga del vehículo.
  • Transporte de viajeros en autobús: 1.700,62 € de personal empleado y 79,72 € de cada asiento del vehículo.

 

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